¿Cuáles son los requisitos para emitir boleta electrónica?

¿Cuáles son los requisitos para emitir boleta electrónica?

Como vendedor de productos o servicios no siempre debes emitir una factura de la transacción comercial que realizas. Cuando éstos son adquiridos por el consumidor final debes entregarle una boleta, que hace las veces de soporte contable o comprobante de la transacción y no involucra ningún tipo de crédito o devolución. Recuerda que él no requiere de una factura, pues por ley a él le corresponde pagar el IVA y no tiene derecho a tramitar el reembolso del crédito fiscal.

 

Teniendo en cuenta que actualmente impera en el país la normativa de facturación digital, lo más factible es emitir una boleta electrónica cuando no procede la expedición de la factura. Pero ¿sabes cuáles son los requisitos para hacerlo? Toma nota. Es un procedimiento bastante sencillo, pero que debes realizar conforme a la ley para evitar problemas fiscales e incluso con tus mismos clientes.

 

Requisitos para emitir boleta electrónica

De acuerdo con la Resolución N°19 del 2008, para poder ser emisores de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas, los contribuyentes tienen que cumplir con los siguientes requisitos.

Ser emisor electrónico autorizado por el SII. Recuerda que, según la Resolución Ex. SII N°45, de 2003, para adquirir dicha calidad debes poseer inicio de actividades vigente con verificación positiva, calidad de contribuyente de IVA, no tener situaciones judiciales por delito tributario, y surtir y aprobar ante el SII el trámite de postulación para emitir Documentos Tributarios electrónicos.

Lo anterior implica contar con un software de facturación electrónica y un certificado digital que le de validez a los Documentos Tributarios Electrónicos que emitas.

Cumplir el Instructivo Técnico y el formato de boleta electrónica y boleta no afecta o exenta electrónica. Los softwares de facturación digital simplifican este requisito, pues operan conforme a la normatividad tributaria y permanecen actualizados.

Cumplir con el Reporte de Consumo de Folios y la gestión ordenada del Libro de boletas electrónicas.

Finalmente, debes tener presente que como emisor electrónico tienes la obligación de ser parte de un proceso de supervisión y control por parte del SII. Este dura tres meses a partir de la fecha en que te fue otorgada la autorización para emitir boletas digitales. Básicamente, consiste en una evaluación mensual de tu desempeño al respecto, y sin su aprobación no podrás conservar aquella autorización.

 

¿Qué datos debe incluir la boleta?

Recuerda que la boleta no tiene efecto para tramitar el reembolso del crédito fiscal y únicamente hace las veces de soporte contable. Por tal razón, en ella no hay que realizar mayor individualización del comprador, sólo debes incluir los productos o servicios vendidos, su importe, la fecha de la operación, conservar un número de boleta consecutivo y, opcionalmente, incluir una breve descripción de la venta. Sin embargo, no está de más que tomes el nombre del receptor pues en algunos casos es necesario incluirlo y es posible que el SII te lo exija en las notas de crédito de aquellas boletas anuladas por alguna razón.

 

A diferencia de la factura electrónica, cuando estás autorizado para emitir boletas en formato digital no debes enviarlas al SII. Sin embargo, sí tienes la obligación de enviar un resumen diario de las mismas, conocido como Reporte de Consumo de Folios, enunciado anteriormente como uno de los requisitos para expedir boletas conforme a la ley.

 

“Lee también: ¿Cuál es el plazo para emitir una factura electrónica?”

 

¿Qué obligaciones tienes como emisor de boletas electrónicas?

En términos generales, al ser emisor de boletas electrónicas te comprometes a:

• Archivar y conservar en formato electrónico las boletas que emitas.

• En caso de que el SII solicite información sobre las boletas electrónicas emitidas, a enviárselas en los términos establecidos en la solicitud y en formato XML.

• Mantener actualizado el Libro de boletas electrónicas en el formato especificado por el SII.

• En el caso de Prestaciones Periódicas, la boleta debe ser de tipo nominativo e identificar plenamente a su receptor.

• Enviar diariamente al SII el Reporte de Consumo de Folios citado anteriormente.

• Como ya se señaló, los software de facturación digital, están diseñados para hacerle frente a toda esta normativa y se actualizan cada vez que hay cambios en la misma, sin necesidad de que tengas que instalar una extensión o realizar mayores modificaciones en tus sistemas.